La iniciativa del Gobierno pretende subsanar algunas deficiencias y vacíos procedimentales identificados, a propósito de la aplicación de decretos de declaración de zona de escasez hídrica.
Por unanimidad, la Comisión de Recursos Hídricos de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó la idea de legislar del proyecto de ley que modifica el Código de Aguas para agilizar la entrada en vigencia de los decretos de declaración de zona de escasez hídrica e incorporar a las obras estatales de desarrollo del recurso.
La norma presentada por el Gobierno busca agilizar el proceso regulado en el artículo 314 del Código de Aguas. También, incorporar a las obras estatales de desarrollo del recurso hídrico en tales decretos de escasez hídrica, para que a estos les sean aplicables dichas medidas.
En específico, el proyecto pretende subsanar algunas de las deficiencias y vacíos procedimentales identificados. Ello, a propósito de la aplicación de los decretos de declaración de zona de escasez hídrica.
Por lo anterior, quienes administren este tipo de obras también deberán dar cumplimiento a las medidas contenidas en los referidos decretos. Con ello, se le otorgará a su vez a la Dirección General de Aguas la facultad de redistribuir directamente las aguas contenidas en ellas cuando existan situaciones de sequía severa debidamente declaradas.
Fundamentos del proyecto
Entre sus fundamentos, el texto destaca que, en materia hídrica, los efectos del cambio climático se hacen presentes de diversos modos en el territorio nacional. Esto incluye la sequía. Y, añade, es un hecho que gran parte del territorio nacional corresponde a zonas xéricas, áridas o de semi aridez; algo que se ha agravado en determinadas áreas debido a la sequía que afecta a parte importante del territorio nacional.
Agrega que, actualmente, el Código de Aguas regula la situación de escasez hídrica en sus artículos 314 y 315. Ambos artículos fueron objeto de reforma el año 2022 y se enfocan en la gravedad de los efectos de la sequía. A su vez, entrega instrumentos para reducir al mínimo los daños generales derivados de esta.
Sin embargo, dichos instrumentos sólo pueden activarse una vez que entre en efecto la declaración de zona de escasez hídrica.
Otros datos
Cabe recordar que la declaratoria de una zona de escasez hídrica es un instrumento que posee actualmente el Presidente de la República, a petición y con informe de la Dirección General de Aguas.
Con esto, se busca proveer de determinadas herramientas y potestades públicas a la dirección. Ello, con el objeto de reducir al mínimo los daños derivados de una sequía severa, garantizando que el uso del agua sea destinado para el consumo humano. También para el saneamiento o el uso doméstico de subsistencia. Lo anterior, a propósito de dar cumplimiento a los fines descritos.
Una vez declarada una zona de escasez hídrica, la Dirección General de Aguas puede exigir a la o las juntas de vigilancia respectivas la presentación de un acuerdo de redistribución de aguas, que contenga las condiciones técnicas mínimas, así como las obligaciones y limitaciones que aseguren la adecuada redistribución de aguas.
La Comisión de Recursos Hídricos se reunirá nuevamente este miércoles 20 de marzo para iniciar la votación en particular del proyecto.
Fuente: Reporte Minero