El proyecto Parque Eólico Alto Los Muermos, impulsado por Alto Los Muermos SpA, fue ingresado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) mediante un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), dado que presenta efectos adversos significativos sobre la flora y los grupos humanos, según lo establecido en el artículo 11 del D.S. N°40/2012.
El EIA identifica como impactos relevantes la “Pérdida de formaciones vegetacionales en ambientes naturales” y la “Alteración a la libre circulación, conectividad y tiempos de desplazamiento de los grupos humanos”. Esto motivó la adopción de medidas de mitigación y compensación, como el Plan de Restauración y Reforestación y un Plan de Tránsito y Comunicaciones para la comunidad.
Detalles del proyecto eólico
El proyecto contempla la construcción y operación de 43 aerogeneradores de hasta 10 MW cada uno, totalizando una potencia instalada de 430 MW. La energía será canalizada mediante quince circuitos soterrados hacia la subestación elevadora Alto Los Muermos, donde se aumentará la tensión a 220 kV.
Desde allí, una línea de alta tensión de 47 kilómetros llevará la energía hasta la subestación Tineo, para su incorporación al Sistema Eléctrico Nacional.
El parque eólico se emplazará en las comunas de Los Muermos, Llanquihue y Puerto Varas, en la Región de Los Lagos. Se habilitarán 17 accesos principales para personal y vehículos, distribuidos en seis sectores específicos del parque.
Línea base ambiental y áreas de influencia
El EIA caracterizó las condiciones ambientales del área de influencia, considerando factores como clima, geología, hidrología, ruido, suelo, vegetación, fauna, arqueología, paisaje, turismo y medio humano. También se identificaron sitios prioritarios y áreas protegidas cercanas, reforzando la necesidad de una evaluación detallada.
La empresa proponente estima una inversión total de US$1.000 millones, y proyecta una vida útil de 30 años para la operación del parque.
Participación ciudadana abierta
El proyecto actualmente se encuentra en fase de participación ciudadana, etapa clave para la revisión pública del EIA. Cualquier persona natural o jurídica puede formular observaciones dentro del plazo de 60 días hábiles, a contar del día hábil siguiente a la última publicación del extracto, conforme al artículo 90 del Reglamento SEIA.
Fuente: Reporte Minero