La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) publicó el listado de establecimientos afectos al impuesto verde, es decir, los establecimientos que superaron las 100 toneladas anuales de material particulado y/o las 25.000 toneladas anuales de CO2, de acuerdo con el reporte de emisiones del año 2023.
El artículo 8 de la Ley 20.780 establece un impuesto anual, a beneficio fiscal, para gravar las emisiones al aire de material particulado, óxidos de nitrógeno, dióxido de azufre y dióxido de carbono, que sean producidas por establecimientos cuyas fuentes emisoras, individualmente o en su conjunto, emitan 100 o más toneladas anuales de material particulado o 25.000 o más toneladas anuales de dióxido de carbono.
Estos establecimientos corresponden al 67% del total publicado por el Ministerio del Medio Ambiente (MMA) durante el 2022, correspondientes a los establecimientos con la obligación de reportar sus emisiones.
Cabe destacar que este nuevo impuesto aumentó -de forma significativa- el número de fuentes emisoras con la obligación de reportar los parámetros necesarios para la cuantificación de las emisiones y así determinar, por parte de la SMA, si está afecto o no al gravamen. En este sentido se pasó de 87 establecimientos, equivalentes a 313 fuentes (calderas y turbinas) el 2022, a 129 establecimientos equivalentes a 1121 fuentes (incluyendo procesos con combustión), durante el 2023.
Este hito se enmarca en las obligaciones establecidas en la Ley 20.780, modificada por la Ley N°21.210 y su respectivo reglamento establecido en el D.S. N°63/2022 Ministerio del Medio Ambiente. Además, en las reglas instruidas por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de su Resolución Exenta N°585/2023, donde se establecen las directrices técnicas para el monitoreo, reporte y verificación de los parámetros necesarios para la cuantificación de las emisiones.
Para esto, y con el objetivo de facilitar el proceso, la SMA implementó el Sistema de Seguimiento Atmosférico (SISAT), el cual contiene un catastro detallado de las fuentes y sus características técnicas, módulos para el reporte de la información y la visualización de las emisiones cuantificadas, para cada encargado de establecimiento.
Cabe indicar que la información será reportada al Servicio de Impuestos Internos (SII) dentro de los plazos legales establecidos, conforme a los resultados obtenidos por la Superintendencia del reporte de monitoreo de emisiones desarrollado para el año 2023, por los titulares potencialmente afectos al pago de impuestos.
Fuente: Reporte Minero