Tribunal Ambiental rechaza reclamación de ENGIE y mantiene abierto proceso de revisión de RCA de Central Térmica Andino

El Primer Tribunal Ambiental rechazó la reclamación presentada por ENGIE Energía Chile S.A. contra la resolución de la Comisión de Evaluación Ambiental de Antofagasta, que dio inicio al procedimiento de revisión de la Resolución de Calificación Ambiental, RCA, del proyecto Central Térmica Andino, ubicado en el complejo térmico de Mejillones.

La sentencia concluyó que la decisión de abrir el proceso de revisión se ajustó a derecho, al considerar que la autoridad aplicó correctamente el estándar exigible en esta etapa: no una acreditación definitiva de variaciones ambientales, sino antecedentes suficientes para hacer plausible la revisión del permiso ambiental.

Revisión de RCA sigue adelante

El fallo no resuelve el fondo de una eventual modificación de la RCA, sino que confirma la legalidad del acto que permitió iniciar el procedimiento de revisión.

De acuerdo con el Tribunal, la etapa de admisibilidad requiere analizar si existen antecedentes serios, verificables y técnicamente pertinentes que justifiquen abrir un procedimiento correctivo bajo el artículo 25 quinquies de la Ley N°19.300.

Variables marinas bajo análisis

La sentencia examinó si los antecedentes presentados en la solicitud de revisión permitían advertir una posible variación de variables ambientales asociadas al proyecto.

En ese análisis, el Tribunal estimó que existían elementos suficientes respecto de parámetros fisicoquímicos y biológicos del ecosistema marino, particularmente fauna submarealsedimentos marinostemperaturapHcloro residual y calidad del agua de mar.

Cambio climático como contexto técnico

El fallo también abordó el rol del cambio climático dentro de la revisión. Según la sentencia, este fenómeno no operó como una variable autónoma para justificar por sí solo el procedimiento, sino como un elemento de contexto para interpretar la evolución de variables monitoreadas en el medio marino y terrestre.

En materia de emisiones atmosféricas, el Tribunal estableció que los antecedentes referidos a emisiones históricas de la central no bastan, por sí mismos, para inferir una variación del desempeño del proyecto respecto de lo evaluado en la RCA de 2007.

Estándar de plausibilidad

El ministro titular en ciencias Marcelo Hernández Rojas, redactor de la sentencia, explicó que en una resolución que da inicio a la revisión de una RCA no corresponde exigir a la autoridad una acreditación fehaciente de la variación sustantiva de las variables ambientales.

Lo exigible, sostuvo, es que existan antecedentes serios y técnicamente pertinentes que hagan plausible esa variación, de manera de justificar la apertura del procedimiento.

Voto en contra y voto concurrente

La sentencia contó con el voto en contra de la ministra Sandra Álvarez Torres, quien estuvo por acoger la reclamación de ENGIE. A su juicio, la resolución que inició la revisión presentaba ilegalidades, entre ellas la falta de fundamento sobre la calidad de directamente afectado del solicitante, la incorporación de variables no evaluadas en el plan de seguimiento —como cambio climático y transición energética justa— y la ausencia de antecedentes suficientes para sostener una variación sustantiva imputable al proyecto.

Por su parte, el ministro presidente Alamiro Alfaro Zepeda formuló un voto concurrente. Si bien compartió el rechazo de la reclamación, sostuvo que la resolución que inicia el procedimiento de revisión sería un acto de mera sustanciación, sin efectos decisorios, por lo que no sería reclamable de forma autónoma.

Central Térmica Andino en Mejillones

El procedimiento se refiere a la RCA del proyecto Central Térmica Andino, emplazado en la comuna de Mejillones, Región de Antofagasta.

La central está integrada por dos unidades de generación de 200 MW netos cada una y un terminal de descarga de petróleo diésel ubicado en el área industrial de Mejillones.

El caso se produce en un contexto de transición para el activo. En marzo de este año, el mismo Tribunal confirmó la legalidad de la aprobación del proyecto “Operación Unidades CTA/CTH con 100% Biomasa”, que permitirá reconvertir la operación de la Central Térmica Andino para reemplazar el uso de carbón por biomasa.

En esa sentencia, el Tribunal sostuvo que la reconversión representa una mejora en términos de calidad del aire, al reducir concentraciones de MP10MP2,5NO2 y SO2 respecto de la operación actual.

Fuente Reporte Minero