El Primer Tribunal Ambiental acogió a trámite la reclamación presentada por la Comunidad Indígena Quechua de Huatacondo contra la decisión de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) que rechazó su acción administrativa respecto de la calificación favorable del proyecto “Parque Fotovoltaico Solar Oriente”.
La iniciativa, de titularidad de Solar Oriente SpA, vinculada a AES Andes, se emplaza en la Región de Tarapacá y contempla una inversión aproximada de US$990 millones.
La admisión a trámite marca el inicio del proceso judicial, instancia en la que la autoridad ambiental deberá presentar un informe con los fundamentos de su decisión y remitir los antecedentes del procedimiento administrativo.
Cuestionamientos a la línea de base
La comunidad sostiene que la evaluación ambiental habría presentado deficiencias en la determinación de la línea de base y del área de influencia del medio humano.
Según la reclamación, el análisis se habría basado principalmente en fuentes secundarias y en una comprensión restringida del territorio indígena, sin considerar adecuadamente rutas ancestrales, espacios de significación cultural, usos tradicionales y el paisaje cultural asociado a Huatacondo.
La acción también plantea que no se habría descartado de manera suficiente la susceptibilidad de afectación directa a la comunidad, ni la eventual procedencia de un proceso de consulta indígena.
Territorio ancestral y patrimonio cultural
Entre los antecedentes invocados por la Comunidad Indígena Quechua de Huatacondo se mencionan rutas troperas, Cerro Gordo, Cerro Challacollo, Ramaditas, Molle Verde, el Salar de Llamara y los Puquios de Llamara.
La reclamación afirma que estos elementos forman parte de un territorio ancestral y de un sistema cultural que no habría sido evaluado de forma suficiente durante la tramitación ambiental del proyecto.
En esa línea, la comunidad cuestiona que se hayan descartado los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, particularmente respecto de sistemas de vida y costumbres, localización próxima a áreas y recursos relevantes, y patrimonio cultural indígena.
DIA versus Estudio de Impacto Ambiental
Uno de los puntos centrales de la reclamación es que el proyecto habría sido evaluado mediante una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), pese a que, a juicio de la comunidad, correspondía ingresar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA).
La comunidad argumenta que la iniciativa podía generar impactos significativos sobre el medio humano indígena, el patrimonio cultural y los sistemas territoriales vinculados a Huatacondo.
Además, acusa una infracción a los principios preventivo y precautorio, al sostener que la aprobación ambiental se habría otorgado pese a la existencia de incertidumbre sobre los impactos del proyecto.
Observaciones ciudadanas
La acción judicial también cuestiona la forma en que la autoridad ambiental respondió las observaciones formuladas durante la participación ciudadana.
Según la reclamación, las respuestas habrían sido genéricas, con remisiones al expediente y conclusiones insuficientemente justificadas, sin hacerse cargo de manera sustantiva de los antecedentes territoriales, culturales, arqueológicos y antropológicos aportados por la comunidad.
Por ello, la reclamante sostiene que se habría vulnerado el derecho a la participación ciudadana ambiental, al no entregar respuestas específicas y consistentes con las observaciones presentadas.
Proyecto solar con almacenamiento
El Parque Fotovoltaico Solar Oriente contempla la construcción, operación y cierre de una central solar de 581,46 MW de potencia peak, complementada con un sistema de almacenamiento en baterías BESS de hasta 809,22 MW, con capacidad de inyección por un máximo de cinco horas.
La energía generada y almacenada será evacuada al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) mediante dos líneas de transmisión paralelas de aproximadamente 3 kilómetros cada una, que seccionarán la línea existente Lagunas–Puquios de 2×220 kV.
El proyecto incorpora además una subestación eléctrica, caminos internos, red eléctrica subterránea, campamento permanente, edificios de control, almacenes, sistemas sanitarios y otras obras auxiliares. La iniciativa considera una vida útil total de 38 años y 9 meses, distribuida en 30 meses de construcción, 35 años de operación y 15 meses de cierre. Con una inversión cercana a US$990 millones.
Fuente Reporte Minero
